jueves, 13 de agosto de 2009

SECCIÓN LICENCIAS

En esta sección se controlan todas las inasistencias de los funcionarios Docente y no Docentes, comprendidas en los artículos vigentes dentro de los estatutos correspondientes.

1) Todas las solicitudes o inasistencias deben ser comunicadas dentro de las 24 horas posteriores al superior inmediato.

2) Licencias especiales en formulario correspondiente argumentada y firmada por el director, en caso de licencia especial sin goce de sueldo por más de 30 días se solicita con 60 días de antelación.

3) Los suplentes no tienen derecho a Lic. Especial de ningún tipo, en caso de licencia por enfermedad se le descontaran los 2 primeros días según Circ. 174/08 y en caso de doble turno se perderá el mismo por esta causal.

4) Todos los formularios de solicitud de licencia de cualquier causal deben estar perfectamente llenados con todos los datos personales que el formulario pide ,ficha de cobro, cédula de identidad, número de Escuela etc..

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