A continuación adjuntamos el enlace a la página del CEIP de la cual pueden descargar formularios como el Resumen Estadístico Anual 2009.
http://www.cep.edu.uy/index.php?option=com_content&view=article&id=905&Itemid=392
Sylvia González
Mtra. CTE
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sábado, 5 de diciembre de 2009
viernes, 11 de septiembre de 2009
Provisión de Cargos. Art. 71 Suplentes Circular 175
MAESTROS DIRECTORES:
Ante algunas consultas y reclamos presentados por Maestros Suplentes de la Jurisdicción, se transcribe la parte resolutiva, INCISO 1,de la Resolución 25 de CODICEN, del Acta Nº 30 del 26 DE MAYO DE 2008, DIFUNDIDA POR EL Consejo de Educación Primaria por CIRCULAR Nº 175 del 12 de junio de 2008:
EL CONSEJO DIRECTIVO CENTRAL DE LA ADMINISTRACIÓN DE EDUCACIÓN PÚBLICA RESUELVE:
1) Disponer que a partir de la fecha los funcionarios docentes suplentes de todos los subsistemas podrán usufructuar de los derechos emergentes del artículo número 71 del Estatuto del Funcionario Docente, siempre que hayan cumplido funciones por un período mínimo de treinta (30) días lectivos, continuos o discontinuos, en el mismo año y en la misma Institución. La proporción será de un (1) día cada treinta (30) días siempre que se cumplan los extremos relacionados. Los Directores de los establecimientos solo podrán autorizar a no concurrir a sus tareas a los docentes de su dependencia, los subsiguientes días amparados en el artículo de referencia, guardando la proporcionalidad expresada respecto a los días trabajados.
Se aclara que el máximo es de 5 días al año, tal cual lo establece el Artículo 71 para los docentes Efectivos e Interinos. Es potestad del Maestro Director el otorgar estos días, considerando el mantenique deben ser solicitados con antelación
Ante algunas consultas y reclamos presentados por Maestros Suplentes de la Jurisdicción, se transcribe la parte resolutiva, INCISO 1,de la Resolución 25 de CODICEN, del Acta Nº 30 del 26 DE MAYO DE 2008, DIFUNDIDA POR EL Consejo de Educación Primaria por CIRCULAR Nº 175 del 12 de junio de 2008:
EL CONSEJO DIRECTIVO CENTRAL DE LA ADMINISTRACIÓN DE EDUCACIÓN PÚBLICA RESUELVE:
1) Disponer que a partir de la fecha los funcionarios docentes suplentes de todos los subsistemas podrán usufructuar de los derechos emergentes del artículo número 71 del Estatuto del Funcionario Docente, siempre que hayan cumplido funciones por un período mínimo de treinta (30) días lectivos, continuos o discontinuos, en el mismo año y en la misma Institución. La proporción será de un (1) día cada treinta (30) días siempre que se cumplan los extremos relacionados. Los Directores de los establecimientos solo podrán autorizar a no concurrir a sus tareas a los docentes de su dependencia, los subsiguientes días amparados en el artículo de referencia, guardando la proporcionalidad expresada respecto a los días trabajados.
Se aclara que el máximo es de 5 días al año, tal cual lo establece el Artículo 71 para los docentes Efectivos e Interinos. Es potestad del Maestro Director el otorgar estos días, considerando el mantenique deben ser solicitados con antelación
domingo, 16 de agosto de 2009
CONTADURÍA
Mtros. Directores, Maestros, Funcionarios No Docentes de esta Jurisdicción:
A los funcionarios de la Contaduría Departamental nos es grato comunicarnos por este nuevo medio con ustedes.
Si bien el trabajo se lleva adelante en equipo, describiremos a continuación las tareas que desempeña cada uno a fin de agilizar las gestiones y consultas que ustedes realicen.
Derlys Jefa de Contaduría, administración de fondos de esta Inspección, responsable del sistema contable, supervisora de todas las áreas de estas oficinas y centros docentes referente a la parte contable.
Martín Liquidación de sueldos: beneficios sociales, suplentes diarios, control de inventario, ayudante de Tesorero.
Florencia Liquidación de sueldos: cambios de grado, suplencias por Circ. 662 (“maestro a la orden”), constancias de grado, control de inventarios.
Mariana Fonasa, mantenimiento de funcionarios en sistema AS400, abonos docentes.
Isabel Control de Libros de Caja, rendición de cuentas de comedores escolares, abonos docentes, planillado de gastos (fondo permanente).
A los funcionarios de la Contaduría Departamental nos es grato comunicarnos por este nuevo medio con ustedes.
Si bien el trabajo se lleva adelante en equipo, describiremos a continuación las tareas que desempeña cada uno a fin de agilizar las gestiones y consultas que ustedes realicen.
Derlys Jefa de Contaduría, administración de fondos de esta Inspección, responsable del sistema contable, supervisora de todas las áreas de estas oficinas y centros docentes referente a la parte contable.
Martín Liquidación de sueldos: beneficios sociales, suplentes diarios, control de inventario, ayudante de Tesorero.
Florencia Liquidación de sueldos: cambios de grado, suplencias por Circ. 662 (“maestro a la orden”), constancias de grado, control de inventarios.
Mariana Fonasa, mantenimiento de funcionarios en sistema AS400, abonos docentes.
Isabel Control de Libros de Caja, rendición de cuentas de comedores escolares, abonos docentes, planillado de gastos (fondo permanente).
jueves, 13 de agosto de 2009
SECCIÓN LICENCIAS
En esta sección se controlan todas las inasistencias de los funcionarios Docente y no Docentes, comprendidas en los artículos vigentes dentro de los estatutos correspondientes.
1) Todas las solicitudes o inasistencias deben ser comunicadas dentro de las 24 horas posteriores al superior inmediato.
2) Licencias especiales en formulario correspondiente argumentada y firmada por el director, en caso de licencia especial sin goce de sueldo por más de 30 días se solicita con 60 días de antelación.
3) Los suplentes no tienen derecho a Lic. Especial de ningún tipo, en caso de licencia por enfermedad se le descontaran los 2 primeros días según Circ. 174/08 y en caso de doble turno se perderá el mismo por esta causal.
4) Todos los formularios de solicitud de licencia de cualquier causal deben estar perfectamente llenados con todos los datos personales que el formulario pide ,ficha de cobro, cédula de identidad, número de Escuela etc..
1) Todas las solicitudes o inasistencias deben ser comunicadas dentro de las 24 horas posteriores al superior inmediato.
2) Licencias especiales en formulario correspondiente argumentada y firmada por el director, en caso de licencia especial sin goce de sueldo por más de 30 días se solicita con 60 días de antelación.
3) Los suplentes no tienen derecho a Lic. Especial de ningún tipo, en caso de licencia por enfermedad se le descontaran los 2 primeros días según Circ. 174/08 y en caso de doble turno se perderá el mismo por esta causal.
4) Todos los formularios de solicitud de licencia de cualquier causal deben estar perfectamente llenados con todos los datos personales que el formulario pide ,ficha de cobro, cédula de identidad, número de Escuela etc..
lunes, 20 de julio de 2009
viernes, 17 de julio de 2009
SECCIÓN FOJAS Y VALORES
A la sección le compete asesorar e informar a todos los funcionarios Docentes y No Docentes, sobre la siguiente información:
Foja de Servicios: si está actualizada, si le faltan datos o antecedentes, si toda la información que en ella se detalla es correcta. No deben olvidar los funcionarios que es imprescindible que periódicamente concurran a la Inspección a corroborar que la misma esté actualizada y que todos sus movimientos estén correctos.
Es importante recordar también que, cuando necesite copia de la misma, tiene que venir el titular NO puede venir otra persona ya que es el titular el que debe constatar que toda la información de la Foja sea la correcta.
Constancia de cómputos: es como su nombre lo indica, la cantidad de años, meses y días, que el funcionario ingresó al C.E.P.
Constancia de calificación: en caso excepcional y a pedido de la Inspectora correspondiente.
Registro de Circular 662. (Maestro a la orden).
Foja de Servicios: si está actualizada, si le faltan datos o antecedentes, si toda la información que en ella se detalla es correcta. No deben olvidar los funcionarios que es imprescindible que periódicamente concurran a la Inspección a corroborar que la misma esté actualizada y que todos sus movimientos estén correctos.
Es importante recordar también que, cuando necesite copia de la misma, tiene que venir el titular NO puede venir otra persona ya que es el titular el que debe constatar que toda la información de la Foja sea la correcta.
Constancia de cómputos: es como su nombre lo indica, la cantidad de años, meses y días, que el funcionario ingresó al C.E.P.
Constancia de calificación: en caso excepcional y a pedido de la Inspectora correspondiente.
Registro de Circular 662. (Maestro a la orden).
jueves, 16 de julio de 2009
Comunicado de Sección: Transporte Docente
Aquellos Docentes que necesiten modificar sus abonos –ya sea por cambio de domicilio, modificar empresa o recorridos- deberán hacerlo antes del 22 de cada mes, a fin de que dichos cambios puedan ingresarse para el mes siguiente (ya que la información se procesa –a nivel nacional- en División Hacienda del CEP)
Comunicado de Sección: FO.NA.SA
Para los Docentes que trabajan en el sector privado –además del CEP- y que por algún motivo cesaran en el empleo privado; es necesario que lo comuniquen a estas Oficinas, debido a que la cobertura mutual se le otorgará a través de Primaria (una vez que la empresa privada comunique la baja a BPS- siendo necesario modificarles el seguro de salud que tenían hasta el momento. Es un trámite simple: el Docente completa un formulario de “Declaración de situación funcional” en el que se detallan datos personales y funcionales, con dicho respaldo se procede a la modificación del seguro de salud ante el BPS.
PROVISIÓN DE CARGOS- COMUNICADO Nº 1
Se informa a los Maestros Directores, y por medio de ellos a todos los docentes de la Jurisdicción que:
-Las ELECCIONES DE CARGOS se realizan en la Oficina de la Inspección Departamental (sita en CALLE 4 entre República de Chile y Calle 1 ATLÁNTIDA) los días MARTES Y JUEVES a las 17 y 30 hrs. Los cargos que no son elegidos se ofrecen a DOBLE TURNO a la hora 18.
-Para que un cargo pueda ir a elección, el Maestro Director debe enviar SOLICITUD DE SUPLENCIA y de ser posible copia de la licencia del docente, antes de la hora de inicio de la elección de cargos. No se dan a elección cargos sin el respaldo de la SOLICITUD DE SUPLENCIA firmada y sellada por el Maestro Director o por el Maestro Encargado de turno.
-Con la finalidad de asegurar la correcta liquidación de haberes de todos los Maestros, se recuerda a los Maestros Directores que es responsabilidad de los mismos comunicar en tiempo y forma a la SECCIÓN PROVISIÓN DE CARGOS:
-CONTINUACIONES Y CESES (con fecha del último día de trabajo) de los MAESTROS SUPLENTES.
-REINTEGRO de los Maestros titulares (con fecha del día en que se presenta luego de su licencia). Es fundamental comunicar al inicio del año lectivo el reintegro de los Maestros Efectivos que no ocuparon sus cargos el año anterior.
Se adjuntan formularios para comunicar SOLICITUD DE SUPLENCIAS, CONTINUACIONES, CESES Y REINTEGROS
-Las ELECCIONES DE CARGOS se realizan en la Oficina de la Inspección Departamental (sita en CALLE 4 entre República de Chile y Calle 1 ATLÁNTIDA) los días MARTES Y JUEVES a las 17 y 30 hrs. Los cargos que no son elegidos se ofrecen a DOBLE TURNO a la hora 18.
-Para que un cargo pueda ir a elección, el Maestro Director debe enviar SOLICITUD DE SUPLENCIA y de ser posible copia de la licencia del docente, antes de la hora de inicio de la elección de cargos. No se dan a elección cargos sin el respaldo de la SOLICITUD DE SUPLENCIA firmada y sellada por el Maestro Director o por el Maestro Encargado de turno.
-Con la finalidad de asegurar la correcta liquidación de haberes de todos los Maestros, se recuerda a los Maestros Directores que es responsabilidad de los mismos comunicar en tiempo y forma a la SECCIÓN PROVISIÓN DE CARGOS:
-CONTINUACIONES Y CESES (con fecha del último día de trabajo) de los MAESTROS SUPLENTES.
-REINTEGRO de los Maestros titulares (con fecha del día en que se presenta luego de su licencia). Es fundamental comunicar al inicio del año lectivo el reintegro de los Maestros Efectivos que no ocuparon sus cargos el año anterior.
Se adjuntan formularios para comunicar SOLICITUD DE SUPLENCIAS, CONTINUACIONES, CESES Y REINTEGROS
jueves, 18 de junio de 2009
Provisión de cargos
En la búsqueda permanente de realizar las tareas asignadas a la Sección
PROVISIÓN DE CARGOS de la forma más eficiente posible, respetando los derechos de todos los docentes, pretendemos que este lugarcito en el ciberespacio pueda colaborar incrementando los canales de comunicación entre todas las instituciones y personas involucradas.
Será un canal más, no abandonaremos los otros medios de comunicación que hasta el día de hoy hemos utilizado.
¿QUÉ TAREAS TIENE ASIGNADAS LA SECCIÓN PROVISIÓN DE CARGOS?
- Organizar y realizar las elecciones de cargos
- Comunicar mensualmente las ALTERACIONES PRESUPUESTALES a Tesorería
- Actualización diaria de los LIBROS DE CARGOS DOCENTES y NO DOCENTES
- Ordenamientos de los docentes por ARTÍCULO 13 del ESTATUTO DEL FUNCIONARIO DOCENTE.
- Ordenamientos de los docentes inscriptos en los diferentes llamados a ASPIRACIONES Y TRASLADOS según la normativa vigente para cada uno de ellos
jueves, 11 de junio de 2009
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